martes, 01 de febrero de 2005
Un Estado democrático es ante todo un Estado de Derecho, en el que está perfectamente definido el marco de convivencia y las normas que la regulan. El cuerpo jurídico que regula la convivencia emana del texto constitucional o carta magna que define al Estado, determina la titularidad del poder y dicta la forma de gobierno; también describe los símbolos de la nación, su espacio vital y su indivisibilidad; consagra los derechos de los titulares del poder (el pueblo) sobre los principios inalienables que infunde la Declaración Universal de Derechos Humanos; finalmente, determina la división de poderes del Estado y las instituciones sobre las que se sustenta cada uno de esos poderes; también prevé los posibles conflictos institucionales y la reforma misma de la norma constitucional. A partir de este texto, sobreviene el posterior desarrollo legislativo que especifica cada una de las normas de la propia constitución. Es por ello, que vivir en democracia y libertad exige al ciudadano un mayor esfuerzo de responsabilidad, dado que el fiel cumplimiento de las leyes garantiza la paz, la convivencia y la libertad de uno mismo y de los demás.

En el caso de la Constitución Española, ésta principia con lo que ha dado en llamarse Título Preliminar, o parte dogmática, es decir, se trata de la parte del articulado que define la esencia misma de España como Nación. Dicha parte dogmática está contenida en los nueve primeros artículos; precisamente, en el segundo, la definición no puede ser más clara y rotunda: "La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a las autonomías de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas." Si, además, tenemos en cuenta el apartado 1 del artículo primero, en el que se dice: "España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.", encontramos que la mayoría de las preguntas tienen en estos textos su respuesta clara y meridiana.

Por tanto, España está constituida por una Nación indivisible, patria común de todos y cada uno de sus ciudadanos, y en la que se reconoce la realidad de las nacionalidades y de las regiones. También se consagra España como un Estado social y democrático de Derecho, donde proclama la vocación de su ordenamiento jurídico hacia la defensa de valores superiores, entre otros, la igualdad entre sus ciudadanos. No parece, pues, que haya la menor duda de que un Estado autonómico asimétrico tenga la menor cabida en nuestro ordenamiento jurídico. Ya en la primera disposición adicional se subraya que "La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía." Y así es como se ha hecho en el caso de las provincias vascongadas y de Navarra, los únicos territorios españoles que tenían vigentes derechos forales o bien habían sido suprimidos durante la guerra civil de 1936.

Reforma de los estatutos de autonomía

Es obvio que la Constitución contempla, tanto su reforma como la de cualquier estatuto de autonomía. El camino, respecto al segundo supuesto, está señalado en el apartado segundo del Artículo 87: "Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa." Este camino es el que está recorriendo el nacionalismo vasco para sacar adelante el llamado "Plan Ibarretxe" o la reforma del Estatuto de Guernika. Este procedimiento está, además, especificado en el texto constitucional en el apartado tercero del Artículo 147: "La reforma de los Estatutos se ajustará al procedimiento establecido en los mismos y requerirá, en todo caso, la aprobación por las Cortes Generales, mediante ley orgánica."

La cuestión en el caso del Plan Ibarretxe, la grave cuestión, es que no constituye un proyecto razonable de reforma estatutaria, sino, por el contrario, implica un proyecto nuevo de estatuto de autonomía que choca frontalmente con la letra y el espíritu de la Constitución, por lo que para ser aprobado, una de dos, o se comete aprobándolo un flagrante atentado contra el ordenamiento jurídico constitucional, algo impensable de admitir, o se reforma la Carta Magna. Por esta razón, al no cumplir el proyecto nacionalista entregado en las Cortes los requisitos necesarios, aplicando la lógica jurídica, es decir, atendiendo a los procedimientos legalmente previstos por la propia Constitución, tanto el Gobierno de la Nación como los llamados partidos constitucionalistas deberían haber propugnado la vía que establece el Artículo 153: "El control de la actividad de los órganos de las Comunidades Autónomas se ejercerá: a) Por el Tribunal Constitucional, el relativo a la constitucionalidad de sus disposiciones normativas con fuerza de ley." El Gobierno y el grupo parlamentario socialista que le sustenta, al no haber recurrido al arbitrio del Tribunal Constitucional, y haber optado -en un esfuerzo que creemos estéril- por el debate político en el Congreso, ha alentado al nacionalismo vasco a proseguir en su esfuerzo de confrontación con las instituciones del Estado central. De momento, la Mesa del Congreso ha admitido a trámite el proyecto de nuevo estatuto vasco, y se lo podía haber ahorrado mientras no hubiese dictaminado sobre la constitucionalidad o no del texto el Tribunal Constitucional; en segundo lugar, y después de haber fijado la Mesa y la Junta de Portavoces fecha para su debate en el Pleno el día primero de febrero, los grupos nacionalistas del Parlamento vasco se sacan otro conejo de la chistera presentando un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, porque la Mesa y la Junta de Portavoces de la Cámara Baja no atienden su petición de debatir y defender en comisión el proyecto de nuevo estatuto. El PNV y EA pretenden dilatar el trámite parlamentario hasta después de las elecciones autonómicas en el País Vasco del próximo mes de mayo. Para ello echan mano del Artículo 151, apartado segundo de la Constitución, que dice: "Aprobado el proyecto de Estatuto por la Asamblea de Parlamentarios, se remitirá a la Comisión Constitucional del Congreso, la cual, dentro del plazo de dos meses, lo examinará con el concurso y asistencia de una delegación de la Asamblea proponente para determinar de común acuerdo su formulación definitiva."

Las preguntas que ahora cabe hacernos son: ¿Por qué se ha llegado a este punto? ¿Por qué el presidente del Gobierno de la Nación y secretario general del Partido Socialista Obrero Español, José Luis Rodríguez Zapatero, se ha dejado seducir por cantos de sirena? Pretender, a estar alturas, solventar con el nacionalismo separatista (por muy democrático que se defina) las diferencias sobre el modelo de estado por la vía exclusivamente política es, cuando menos, una ingenuidad peligrosa. Los españoles nos dimos en 1978 una Constitución democrática de la que nos sentimos orgullosos. Por primera vez en nuestra Historia una Carta Magna de estas características ha estado vigente más de veinticinco años. Los enemigos, cada vez menos, siempre han estado y están ahí; pero también es cierto que en este cuarto de siglo hemos sabido superar sus amenazas con dignidad y coraje. Y, además, los españoles hemos experimentado el periodo de libertades y de prosperidad más importante de todos los tiempos. Nuestra Constitución, elaborada con tanto empeño y desprendimiento, nos marca unas reglas de juego claras y precisas para convivir. Al amparo de ella se puede dialogar, debatir, disentir y discutir cuanto se quiera. Cualquier ambición tiene cabida y está legitimada; eso sí, dentro del marco jurídico de la propia Constitución. Pero todo tiene un límite, y para salvaguardar el modelo de vida que los españoles nos hemos dado, debemos ser implacables con la aplicación del Estado de Derecho. Hacer ostentación de talante democrático puede conducir a exteriorizar complejos históricos nada saludables. La firmeza de nuestras convicciones democráticas es menester demostrarlas en el cumplimiento escrupuloso de la ley. En la España de hoy no se hace necesaria, como ocurriera tras la promulgación de la Constitución de 1931, aprobar una ley de salvaguarda de la propia constitución; ley que por cierto se aplicó en exceso por los gobiernos de la República. No, nuestra Constitución es un código jurídico más perfecto y completo, aunque no por ello, inmejorable. Pero las reformas que los españoles deseemos hacer, hagámoslas, pero conforme a los procedimientos legales que no rigen. No nos apartemos un ápice de la senda constitucional y nuestro futuro será más seguro y más prometedor.

Defensa de la Constitución

Por todo lo anterior, no vacilemos ante los desafíos de los que se empeñan en quebrantar nuestro proyecto de vida en común. Aventureros, nostálgicos y embaucadores siempre los ha habido, los hay y los habrá. España tiene gran experiencia en todo tipo de iluminados, que han hecho del victimismo su principal arma de justificación. No obstante, deberemos ser persistentes y no caer en el desfallecimiento. Nuestra Carta Magna reitera una y otra vez su vocación y determinación en la defensa de valores superiores, como la equidad y la solidaridad; defensa que encarga expresamente al Estado en el Título octavo, del Artículo 138: "2. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.; 3. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales." Y en el Artículo siguiente, en el 139, afirma: "Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado." Más adelante, en el Artículo 149, el que enumera las competencias exclusivas del Estado, comienza: "1.ª La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales." Y no digamos ya del Artículo 155, en el que se determina el procedimiento cautelar para el caso de incumplimiento por parte de una comunidad autónoma de sus obligaciones: "1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general. 2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas."

Como se puede comprobar, nuestros padres constitucionalistas supieron dotar de instrumentos jurídicos a la Carta Magna en previsión de todas las contingencias, aun de las más graves. A nadie le agrada aplicar el rigor más severo, pero si llegara el caso, dudar o dilatar la aplicación de la ley no hará más que debilitar el sistema y someter a mayores riesgos a los ciudadanos, que confían en la determinación de nuestros gobernantes y de nuestros representantes políticos. La España asimétrica es una ensoñación delirante en la que algunos políticos periféricos se hayan abducidos. Y lo peor de ello es que algunos de estos delirantes próceres comparten espacios políticos con partidos, como el PSOE, con vocación nacional, al que han metido en un laberinto ideológico rayano en la esquizofrenia colectiva. Si no fuera por el imponente soporte sociológico sobre el que el socialismo español se sustenta, los dirigentes del PSOE tendrían que jubilarse. Por eso rebañan más y más en todos los platos minoritarios de nuestra sociedad, en vez de desplegar un verdadero esfuerzo didáctico sobre la sociedad, para instruirla en su ideario e impregnarla de su mensaje social y liberador. O a lo mejor es que ya no hay nadie al que liberar, y en la actualidad se vende envuelto en papel progre mercadotecnia de consumo. Y como la derecha (igual que la izquierda) vive confortable en la sociedad de los negocios y del dinero; el debate hoy se está formulando entre lo unitario y lo diferente (lo que se camufla como pluralidad), y entre valores morales y éticos y conceptos estéticos (lo que se denomina sensibilidad social). Por eso la izquierda (socialistas, comunistas y grupos extraparlamentarios) apoyan y justifican el hecho diferencial, porque la antiglobalización está de moda, vende y produce réditos.

Veremos finalmente en qué queda todo esto. El Plan Ibarretxe está condenado a fracasar en la fase de debate político en las Cortes Generales. Los que lo rechacen se sentirán satisfechos de haber cumplido con su obligación, pero no ha sido así: nunca debería haber llegado ese proyecto al Pleno del Congreso. Los que se sientan rechazados continuarán con su plan en la cabeza y continuarán con sus marrullerías. Y mientras tanto, el nacionalismo separatista catalán está tomando nota, eso sí, con la complicidad de la izquierda plural y democrática.

Para concluir, merece la pena recordar aquellas palabras que escribiera Karl Loewenstein en su Teoría de la Constitución: "...se observa que aún la mejor Constitución -esto es, aquella que goza del mayor consenso y que ha sido elaborada de la forma más cuidadosa- es tan solo un compromiso, no pudiendo ser, además, otra cosa. La Constitución presenta la situación de equilibrio temporal entre las fuerzas sociales que participan en su nacimiento, tal como están representadas a través de los partidos políticos..." En definitiva, no existe ninguna constitución perfecta ya que todas ellas tienen su origen en un compromiso, en un pacto, y el devenir del tiempo puede hacer necesario renovar ese pacto político, adecuándolo a las necesidades presentes. Si ese es el nudo gordiano de las tensiones secesionistas en España, busquemos antes el consenso necesario para una reforma constitucional que dé cauce a las reivindicaciones territoriales, en vez de entregarnos a un diálogo para sordos donde el oportunismo político se cobre su pieza a costa del arrinconamiento y el desprecio de una mayoría pacífica. Una mayoría de españoles que ya ha pagado un irreparable tributo de vidas y de sueños.

Publicado por torresgalera @ 16:19  | Política
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Publicado por Invitado
viernes, 04 de febrero de 2005 | 19:44
vaya forma de trabajarse un artículo, ¿o es una reflexión?.Una izquierda instalada en la incoherencia y la demagogia y la derecha en los negocios. ¿a quien le preocupa las normas de convivencia?